![]() |
| |||||||
Publicidad
|
| Encuentros y actividades Quedadas, encuentros, concursos de belleza, cualquier evento del mundo de los gatos, este es el lugar para hablar de ello. |
![]() |
| | LinkBack | Herramientas |
| | #11 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() | TÍTULO IV: Censo, vigilancia e inspección y confiscación Artículo 24- Censo: Corresponderá a los Ayuntamientos establecer el censo de las especies de anjmales de compañía que reglamentariamentes se determinen por la Junta de Castilla y León estando en todo caso dicho censo a disposición de la misma. Artículo 25- Vigilancia e inspección Los Ayuntamientos y la Consejería competente llevarán a cabo la vigilancia e inspección de los establecimientos de cría cría, venta o mantenimiento temporal de animales de compañía, así como de los centros de recogida de animales abanonados. Artículo 26: Confiscación:
|
| | |
| | #12 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() | CAPÍTULO II : De Las sanciones Articulo 29:Multas Articulo 29:Multas
Artículo 30:Criterios de graduación de las sanciones.
Artículo 31- Medidas accesorias:
CAPÍTULO III: Del procedimiento y la competencia Artículo 32- Procedimiento:
Artículo 33- Competencia:
Artículo 34.-Medidas cautelares:
Artículo 35- Prescripción:
DISPOSICIONES ADICIONALES Primera:La Comunidad de Castilla y León programará periódicamente campañas divulgadoras del contenido de la Presente Ley entre los escolares y habitantes de nuestra Comunidad y tomará medidas que contribuyan a fomentar el respeto á los animales en colaboración con las asociaciones de protección y defensa de los mismos. Segunda:Con el fin de evitar daños a las personas, ganado y riqueza cinegética, así como por.motivos de salud pública los perros errantes asilvestrados podrán ser abatidos cuando su captura no sea posible. Tercera:Los animales de compañía de desmandados, cuando supongan peligro para las personas o sus bienes, podrán ser capturados o abatidos con la urgencia que el caso requiera y, a ser posible, bajo el control de la autoridad competente. |
| | |
| | #14 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Muy buena idea, pero mal implementada a mi parecer. Pegar los tochazos aquí no sirve de nada, nadie se va a poner a buscar la ley de una comunidad concreta y leerla aquí. Mejor poner un enlace al texto de las leyes (A ser posible que alguien se encargue de agruparlos en el primer mensaje). Pero creo que seria interesante comentar los puntos fuertes y las cagadas de las diferentes leyes, y, sobretodo, su aplicación, cosa bastante difícil ante estos tochos de texto. (Y encima, los enlaces llevan a sitios externos.. ¿Mejor mandamos directamente allí, no?) Otra posibilidad, es poner como chinchetas las diferentes leyes, pero con mensajes diferentes para cada una.
__________________ www.caracterfelino.es Las fotos de mis gatines en: http://picasaweb.google.es/Xavier.Romagosa |
| | |
| | #15 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() | Lo que comentas Baldor de los enlaces o chinchetas autonómicas es buena idea daria mas agilidad a la consulta. Tambien las comparativas, en un post aparte, sería útil un ejemplo es que en Castilla y León no se exige el microchip a los gatos solo a los perros y eso en adopciones fuera de la autonomía hay que tenerlo en cuenta. |
| | |
![]() |
| Herramientas | |
| |
Temas Similares | ||||
| Tema | Autor | Foro | Respuestas | Último mensaje |
| Animal Help | dreidre | Asociaciones, grupos, ong´s | 2 | 26-may-2008 14:21 |
| FIRMAS para Ley de Proteccion Animal | roqui | Encuentros y actividades | 10 | 24-may-2008 17:39 |
| Campaña de firmas. Ley de Protección Animal en Extremadura | roqui | Encuentros y actividades | 7 | 30-abr-2008 23:31 |
| Comportamiento Animal | AIS | La cafetería | 2 | 03-oct-2007 19:02 |