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| La cafetería Para hablar de cualquier tema sin necesidad de que esté relacionado con el mundo de los gatos. Al primer café te invitamos. |
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| | #1 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Me ha llegado el borrador de la declaración de hacienda, y como ellos toman los daos del año anterior, en este borrador aparezco como soltera. Por lo visto hay que 'declarar' si uno estaba casado a 31/12/07... que es mi caso, pues me casé en Noviembre. Creo que no influye en mi caso, pero no lo sé, porque yo deje mi trabajo antes de esa fecha, de la de mi matrimonio...¿como influye el matrimonio?. Mi marido, a todo esto, todavía no sabe si va a hacer declaración, pues es no-residente y no está obligado a presentar declaración, independientemente de los ingresos... por eso que esté casada con él o no, a Hacienda le es irrelevante, porque no va a tener en cuenta ni sus ingresos ni nada de nada... estoy un poco hecha un lío...alguien entiende algo???? ![]() |
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| | #3 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | ya, ya... a lo que me refiero es 'a si influye de alguna manera el estar casada' y hacerla por separado... es decir, es un dato que necsitan saber sin más, o influye... aunuq eme haya casado meses después de haber dejado de trabajar. quiero decir, que desde que me he casado no he tenido ningún ingreso o retribución por trabajo...¿influirá???? |
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| | #4 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() | Yo creo que a ti no te influye,en todo caso si tu marido hiciera declarción él si tendria ventajas fiscales por conyuje a su cargo,pero creo que en la tuya es irrelevante,de todas formas a ver si alguien está mas puesto que yo en esto y te lo puede explicar mejor.
__________________ ![]() ![]() PEPE Y SOMBRA |
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| | #5 (permalink) | |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Cita:
![]() eso mismo pienso yo...no había pensado que le pudiera yo resultar a él beneficiosa...jejejej ... y hasta rentable!!! ![]() ![]() ![]() | |
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| | #6 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() | pues ahora que sacais el tema, yo es el primer año ke tengo ke acerla y la verdad eske estoy un pokito perdida, el lunes tengo ora en hacienda pero nose si pagar a un gestor porke yo no tengo ni idea de como se tiene ke acer y lo peor de todo eske ami noviono le an dado el papel de retenciones en su empresa asi que tampoco se si la podre acer UU |
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| | #7 (permalink) | |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Cita:
da igual que a tu novio o a ti, o alos dos os hayan dado o no el papelito ese de las retenciones. no les hace falta para nada en hacienda. en la cita teclean tu dni y del tirón ya saben loq ue ha cotizado tu empresa, loq e has cobrado en bruto, lo que te han retenido...vamos, que sabe absolutamente todo de tí, sinq ue tu lleves el papel. sben hasta las cuentas bancarias que tienes abiertas, tu sola o con otras personas, el saldo medio, y lo que has recibido como intereses. los aben todo. si cobras menos de 22000 euros no tienes obligación de hacer la declaración, pero si la haces, todo lo que te han retenido, te lo devuelven. si no vas a hacerla, ellos encantados, porque no te lo devuelven. elproblema viene cuando durante el ejercicio ha cambiado tu situación (no cambiar de trabajoo de empresa, ojo)...sino cosas como: comprar un piso, solicitar una hipoteca, abrir un plan de pensiones o algo así.... que tampoco es un problema... sino que tienes que llevar todos los papeles que tengas a la cita, o irte a una gestoria... y en mi caso, que no lo sé y es lo que pregunto...casarse... pero en que puede variar si yo me he casado después de dejar de trabajar, y hasta el 31/12/07 solamente pasa un mes de casada en el que no he recibido ni un euro por rendimiento del trabajo...¿¿¿¿????? | |
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| | #8 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() | Buenas tardes: Deberías hacer las gestiones necesarias para cambiar tu estado civil en hacienda (es como si tuviesen mal registrado tu apellido...) pero.... La declaración de la renta es para comprobar si las retenciones que te han hecho por I.R.P.F. han sido más de las debidas o menos. En tu caso sólo deberían com****rte los meses que han estado reteniéndote (y por añadidura soltera). Por lo de estar casada o no, no te preocupes, pues puedes hacer tu declaración individual perfectamente. Las declaraciones conjuntas sólo se hacen si a uno de los conyuges le sale la declaración individual negativa y al otro positiva. (ojo!!!! así funciona en Bizkaia cada comunidad y/o provincia tiene su normativa específica). De todas formas, tu marido no esta obligado a realizar la declaración ¿pero puede hacerla? porque a ver si le han retenido más de la cuenta y al final se va a quedar hacienda con vuestro Dirus. Además si teneis hipoteca o algo por el estilo a nombre de los dos, si haces la declaración individual sólo podrás com****rte el porcentaje equivalente al 50% del total de las amortizaciones y los intereses. De todas formas te aconsejo que vayas al banco (en Bilbao te suelen hacer ellos la declaración de la renta) y que pidas asesoramiento puesto que no se si estás en regimen de gananciales, perdenciales o que... ![]() Un saludo |
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| | #9 (permalink) | |
| Usuario habitual ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() | Cita:
muchísimas gracias ... eso es lo que yo quería saber... que a efectos fiscales el matrimonio no afecta en mi caso.... osea que s algo que evidentemente tienen que saber en hacienda, y se lo tengo que decir yo, que puede afectar o no en el fututo, dependiendo de ´cómo hagamos la declaración mi conyege o yo... perfecto!!! mi marido tributa en Euskadi, y creo que para particulares la ley es la misma, de hechi él ha estado presentando la declaración durante años anteriores en otra CA, sin mayor problema. él no sabe si hacerla o no, creoq ue lo vamos a tener que consultar con un profesional, pues está en unos supuestos muy especiales, tales como: haber trabajado parte del año en España como cualquier asalariado más, luego haber adquirido la condición de no-residente en España (lo cual le exime directamente de presentar la declaración) y trabajar en un pais extranjero no comunitario, pagar una hipoteca (él solamente, no el matrimonio), tener un fondo de pensiones (baskepensiones), y al mismo tiempo cotizar a la SS española bajo el Convenio Especial...y para colmo, como me dicen, haberse casado el pasado noviembre y 'tener a su cargo' a esta que soy yo... pero esto es para nota, claro... a mi me da que seguramente le interesa hacerla, pero tengo mis dudas. si esta obligado a declarar sus retribuciones en el extranjero, le fríen de todas todas...no sé... es cierto, todo el mundo, aunque no esté obligado a declarar, debiera de hacerlo, porque por poco que le hayan retenido, se lo devuelven integro automáticamente... no esta la cosa para que Hacienda se quede 'diru, txintxines, edo sodak'... eskerrik asko !!! besarkada bat!!! | |
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| | #10 (permalink) |
| Usuario habitual ![]() ![]() | Arratsaldeon berriro: Ja ja ja, no puedo escribir compu-tar, es un foro finolis eh? Tu marido sólo debe declarar por los ingresos que estén sujetos a I.R.P.F. (eso excluye directamente los ingresos que haya percibido en el extranjero) Así que por ahí no os pueden dar. De todas formas ya te digo, el vuestro no puede ser un caso más especial y debería estudiarlo algún profesional del tema porque teniendo hipoteca seguro que os sale a devolver un piquito... Musus |
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