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Usuario habitual
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Cita:
muxutxu bat!!!
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Usuario habitual
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Cita:
como me imagino que habrás comprado tu piso por medio de una hipoteca, llevate todo lo relativo a la vivienda, incluido el contrato de hipoteca, lo que hayas comprado... e indica todo que puedas para desgravar: si tenias cuenta vivienda, si tienes plan de pensiones, si deduces por estar trasladada en otra CA para trabajar... no te preocupes, te hacen un borrador, te asesoran en la cita, no tienes por qué firmar la declaración en ese momento, ni mucho menos... o si quieres consultas en otro sitio e indicas los cambios... si es la primera vez que la haces, no te olvides de llevar en nº de tu cuenta corriente,para que te ingresen (si tienes suerte)... |
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Usuario habitual
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Cita:
solamente desde hace unos pocos años, creo que la ley es del 2002, o 2004, se permite a los no-residentes cotizar a la SS en España, con sus condiciones, claro...antes aunque quisieras, no podías... conmigo trabajó un chico que habia trabajado siempre en el extranjero, y nunca había cotizado a la SS, ni un solo día... y la exigencia para empezar a cotizar, en el Convenio especial del que hablo, era haber cotizado al menos 365 días y además acogerte al Convenio Especial en el plazo de tres meses desde que dejabas de cotizar en españa... él habia aceptado solamente el trabajo para tener estos dias... y el mismo día que cumplio los 365 se piró... no sé...me parece que no hay que demostrar nada... de hecho cuando eres no-residente, debes abrirte una cuenta de no-residente, para que hacienda no la tenga en cuenta en sus investigaciones... y no te afecte para la declaración de la renta... ![]() un no-residente no está obligado a declarar en España (lease casos de desportistas de elite que dicen vivir mas de seis meses en Andorra o Mónaco o Reino Unido), y que no pagan ni un chavo en España, porque si declararan sus millonarias ganancias palmarian como mínimo el 55%) |
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